Estimados socios y corredores del Campeonato Nacional de Motocross 2010, en vista de algunas situaciones que se han presentado en los últimos eventos, me corresponde recordarles el artículo 37 del Reglamento de Motocross para el 2010, en donde se hace mención del manejo descuidado/ imprudente de los pilotos.
El Moto Club de Costa Rica hará todo lo que está a su alcance para minimizar el tipo de actuaciones tipificadas en este artículo, siempre buscando como único objetivo salvaguardar la integridad y seguridad de los demás pilotos.
A continuación encontrarán el artículo 37 del Reglamento para que lo lean y tomen en cuenta los efectos negativos a que se exponen en caso de realizar maniobras que incumplan lo que en el se establece.
37 MANEJO DESCUIDADO / IMPRUDENTE:
Será sancionado aquel piloto que por falta de cuidado en su manejo exponga a peligro o
problemas a los demás corredores jueces o público, dentro o fuera del circuito de
competencia. Se aplica a las maniobras anti deportivas y o malintencionadas, los castigos
van desde amonestación escrita, castigará con 10 puntos, anulará el heat. Dependiendo de
lo grave del evento.
Agradeciéndo de antemano su atención,
Saludos,
Alberto Antillón
Presidente Comisión de Motocross
Moto Club de Costa Rica
Tels: 2226-8730 2227-1420
Fax : 2226-0154
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